Despenalizado el aborto en Uruguay en las doce primeras semanas de embarazo
Los obispos se expresaron en contra de una ley que prima la salud de la mujer
MONTEVIDEO, jueves 18 octubre 2012 (ZENIT.org).- El Senado de Uruguay transformó en ley el proyecto de despenalización del aborto que había aprobado hace tres semanas la Cámara de Diputados, con lo que el texto pasará ahora al poder ejecutivo, donde se da por descontado que el presidente José Mujica ratificará la votación. La Iglesia no ha dejado de hacer oir su voz en estos años en contra de un proyecto que al final encontró salida en una sociedad y un parlamento dividido ente a esta ley.
En 2008, el poder legislativo uruguayo había aprobado un proyecto similar; sin embargo, el entonces presidente Tabaré Vázquez vetó la medida.
Tras más de cinco horas de debate, los votos de todos los senadores del Frente Amplio –el partido gobernante- sumados al del legislador del partido Nacional Jorge Saravia sentenciaron el debate.
El artículo 2 del texto sostiene que el aborto “no será penalizado y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325 bis del Código Penal para los casos que se establecen en los artículos siguientes” y se realice hasta la semana doce de gravidez.
El artículo 6 de la ley dice que el aborto solo podrá realizarse “cuando la gravidez implique un grave riesgo para la salud de la mujer”. En estos casos, se “deberá tratar de salvar la vida del embrión o feto sin poner en riesgo la vida o salud de la mujer”.
El apartado b del mencionado artículo agrega las “malformaciones incompatibles con la vida extrauterina”, mientras que el apartado c despenaliza la intervención “cuando el embarazo fuera producto de una violación acreditada con la constancia de la denuncia judicial”, dentro de las 14 semanas de gestación.
El proyecto convertido en ley incluye diversos pasos previos antes practicar un aborto, que se detallan en los artículos 3, 4 y 5. Las mujeres que lo soliciten deben previamente comparecer ante una comisión de médicos y asistentes sociales, quienes le explicarán los alcances de su decisión. Tendrán “cinco días como mínimo” para reconsiderar su decisión.
El padre del niño no podrá intervenir en el proceso sin la expresa autorización de la mujer, por lo que de confirmarse la práctica del aborto, no tendría derecho a negarla. Sin embargo, la ley obliga a los profesionales a entrevistarse con el progenitor.
También se prevé el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales, que podrán hacerlo saber a los directivos del establecimiento al que pertenecen para no ser tenidos en cuenta en esas intervenciones.
La Conferencia Episcopal Uruguaya (CEU) se había expresado sobre la despenalización del aborto en ocasión del debate en la Cámara de Diputados. Los obispos calificaron de “violencia hacia los indefensos” el proyecto hoy aprobado, e indicaron que los que votaron a favor de la ley tienen una “lamentable confusión en la cabeza” y con su voto “castigaron a los pobres”.
En un artículo escrito por monseñor Pablo Galimberti, obispo de Salto, lamentó que el debate parlamentario tuviera “discursos ideologizados, donde poco o nada importa la realidad”. “El primer derecho es la vida. La libertad viene después. Muchos legisladores y mujeres invierten la lógica: para ellos primero está la libertad como capacidad decisoria absoluta y en función de ella depende la vida del niño concebido”, advirtió monseñor Galimberti.
Ver tambien: http://www.zenit.org/article-43207?l=spanish.
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