Como adjunto esta apartado de revista ahumanitas
A continuación un párrofo de este
Pero esto no es lo único: el Congreso acaba de aprobar en marzo de 2017 (Boletín Nº 10777-10) la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, tratado que incorpora el derecho a la no “discriminación múltiple”, que comprende aquella en razón no sólo de la vejez del sujeto, sino que también por diversas “orientaciones sexuales e identidades de gé- nero”. Habiendo sido aprobado, el tratado está listo para su promulgación y publicación. Como se ve, de alguna manera por inadvertencia o falta de conocimiento a la ideología subyacente, los conceptos de “género”, “identidad de género” y “expresión de género” se han ido inoculando en instrumentos internacionales que luego serán invocados a nivel interno ya sea para presionar al Congreso para que legisle en los mismos términos o a los tribunales para que los apliquen en casos concretos. En la idea de presionar el Poder Legislativo, apareció también a mediados de 2016 la información de que el Gobierno de Chile había alcanzado un acuerdo transaccional (“solución amistosa”) con la agrupación Movilh, a instancias de la Comisión Interamericana de DD.HH., y a cambio de que se pusiera fin a la demanda en contra del Estado por no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. En dicho acuerdo el Gobierno no sólo accedió a presentar una ley de “matrimonio” homosexual, con adopción y homoparentalidad, sino que además se comprometió, entre otros temas, a velar porque los planes de formación ciudadana –obligatorios luego de la dictación de la ley Nº 20.911 de 2016– y de educación de sexualidad, afectividad y género incluyan en su contenido temáticas de inclusión de diversidad sexual, para todos los niveles, parvulario inclusive. Este acuerdo de solución amistosa se encuentra impugnado por ilegalidad ante la Contraloría General de la República. En el plano de la educación, desde hace años que el Ministerio de Educación empuja una amplia agenda de SE ENCUENTRA EN TRAMITACIÓN EN EL SENADO UN PROYECTO DE LEY QUE BUSCA “RECONOCER Y DAR PROTECCIÓN AL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO” (BOLETÍN Nº 8924-07), Y QUE, JUNTO CON PERMITIR EL CAMBIO DEL SEXO EN EL REGISTRO CIVIL SIN NINGUNA CONSTATACIÓN NI BIOLÓGICA NI PSICOLÓGICA, DEFINE “IDENTIDAD DE GÉNERO” COPIANDO LA DEFINICIÓN DE LOS LLAMADOS PRINCIPIOS DE YOGYAKARTA, INSTRUMENTO SIN NINGÚN VALOR NORMATIVO PERO ENARBOLADO POR LOS ACTIVISTAS DEL GÉNERO. H59 equidad de género, que incluye la normalización de la identificación como homosexual o transgénero. Su iniciativa más reciente consiste en el plan para educación en igualdad de género 2015-2018. En el mismo sentido, a mediados de 2016 un grupo de 5 senadores presentaron un proyecto de ley para “incorporar la identidad de género entre los objetivos de la educación parvularia” (Boletín Nº10801-04), modificando en este sentido los objetivos obligatorios de aprendizaje para dicho ciclo, bajo el artí- culo 28 de la Ley General de Educación. Los tribunales, por otro lado, no han podido sustraerse a la penetración de esta ideología. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso de la Jueza Atala, impuso que se dieran cursos de capacitación a jueces y funcionarios de tribunales sobre teorías de género y diversidad sexual. Constantemente se hacen talleres y seminarios sobre esta temática en los que se enfatiza la necesidad de no discriminación “en razón de género”. El segundo número de la Revista Acceso a la Justicia editada por la Corte Suprema tiene vara Acceso a la Justicia editada por la Corte Suprema tiene varios artículos dedicados a la “diversidad sexual” y destaca en portada una entrevista a Andrés Rivera, una persona transexual que se dedica al activismo en estas materias. En el titular se lee una de sus declaraciones: “El problema no es ser trans sino como el resto no es capaz de respetar las diferencias”. En la revista, la Ministra de la Corte Andrea Muñoz, encargada de estas temáticas, anuncia la instalación durante el 2017 de una Oficina de Género en el Poder Judicial. No resulta extraño que los jueces comiencen entonces a acoger estas ideas en sus sentencias. Hay varios casos de tribunales de familia que han concedido el cuidado personal de un menor a una persona que vive en pareja con alguien del mismo sexo, lo que es reivindicado como avances por el Movilh y la Fundación Iguales. Recientemente, la Corte de Apelaciones de Iquique ordenó a Gendarmería que se trate a ciertos internos transexuales con la “identidad de género” que ellos manifiestan o expresan NO RESULTA EXTRAÑO QUE LOS JUECES COMIENCEN ENTONCES A ACOGER ESTAS IDEAS EN SUS SENTENCIAS. HAY VARIOS CASOS DE TRIBUNALES DE FAMILIA QUE HAN CONCEDIDO EL CUIDADO PERSONAL DE UN MENOR A UNA PERSONA QUE VIVE EN PAREJA CON ALGUIEN DEL MISMO SEXO, LO QUE ES REIVINDICADO COMO AVANCES POR EL MOVILH Y LA FUNDACIÓN IGUALES. H60 (Corte de Iquique 9 de diciembre de 2016, rol Nº 859-2016). Esta sentencia ha sido confirmada por la Corte Suprema por fallo de 13 de marzo de 2017 (rol nº 99.813-2016). La cuestión no es tanto si en el caso en particular hubo o no un abuso por parte de los gendarmes, sino que los tribunales acogen sin matices los presupuestos fundamentales de la ideología de género y basan en ellos la justificación de sus resoluciones.